Resumen: Se insta el desahucio por precario respecto de la misma, frente a sus ignorados ocupantes, opuesta por los ocupantes la existencia de un arrendamiento verbal, la sala concluye que no existe ningún elemento de prueba que acredite tal arrendamiento por lo que, tras recordar la doctrina jurisprudencial que acoge un concepto amplio de precario a los efectos del juicio de desahucio, da lugar al mismo. La penuria económica en que pudieran hallarse los demandados no es causa de denegación del desahucio, sin perjuicio de lo que procede por tal circunstancia en la ejecución.